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Libertad probatoria: concepto, exclusión probatoria y modos.

Concepto de libertad probatoria.

La libertad probatoria, como su nombre lo indica, expresa que las partes tienen la facultad de utilizar el medio de prueba que mejor convenga para demostrar lo alegado en un litigio.

Además, la prueba debe ser obtenida mediante medios lícitos, ya que, de lo contrario, la prueba sería considerada como inexistente y no será tomada en cuenta para el fondo del caso.

Admisión o rechazo de las pruebas.  

Es importante destacar que dichas pruebas deben ser relevantes y útiles para la demostración de lo argumentado, ya que el juez siempre tiene la facultad de decidir si acoge o rechaza solicitud de prueba.

El juez tiene la facultad de decidir si acoge o rechaza la solicitud de pruebas para utilizar en un litigio.

Queda en manos del juez la calificación de la relevancia probatoria del medio solicitado. Los jueces deben considerar si la prueba que se solicita es relevante, útil y pertinente para el caso.

La libertad probatoria en el derecho penal.

A diferencia de otras materias jurídicas, en el derecho penal existe lo que se conoce como libertad probatoria.

Art. 170.- Libertad probatoria. Los hechos punibles y sus circunstancias pueden ser acreditados mediante cualquier medio de prueba permitido, salvo prohibición expresa…

La libertad probatoria en el derecho civil o privado.

La libertad probatoria en derecho civil es admisible en casos exclusivos de hechos jurídicos, donde el consentimiento de las partes no existió para la creación de efectos jurídicos.

Contrario a los casos de actos jurídicos, donde se necesita primordialmente y de manera obligatoria la prueba escrita que plasma el consentimiento de las partes y dio inicio a la relación jurídica entre estas.

La exclusión probatoria.

Las pruebas obtenidas de manera ilícita llevan a lo que se conoce como exclusión probatoria. La ley establece que dichas pruebas no pueden ser reconocidas como válidas en cualquier proceso, puesto que la infracción a esta ley implica una violación de derechos y garantías del imputado, afectando también a las pruebas que hayan sido obtenidas directamente de las pruebas ilícitas.

Art. 167.- Exclusión probatoria. No puede ser apreciada para fundar una decisión judicial, ni utilizada como presupuesto de ella, la prueba recogida con inobservancia de las formas y condiciones que impliquen violación de derechos y garantías del imputado, previstos en la Constitución de la República, los tratados internacionales y este código.

Tampoco pueden ser apreciadas aquellas pruebas que sean la consecuencia directa de ellas, salvo si se ha podido obtener otra información lícita que arroje el mismo resultado.

Asimismo, no pueden ser valorados los actos cumplidos con inobservancia de las formas que impidan el ejercicio del derecho a la tutela judicial de la víctima o impidan el ejercicio de los deberes del ministerio público, salvo que el defecto haya sido convalidado.

Modos de utilizar la libertad probatoria.

La libertad probatoria se puede utilizar para demostrar hechos de forma directa o indirecta.

Pueden ser de manera directa la base probatoria de un hecho, o también pueden utilizarse para demostrar indirectamente los alegatos de las partes.


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