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Grados en Derecho Sucesoral: Líneas Recta y Colateral.

Concepto de grado.

En el derecho sucesoral, el grado es la distancia generacional que aparta a un miembro familiar del otro. La serie de grados forman una línea, que puede ser recta o colateral. 

El Código Civil dominicano, ley primordial que explica el derecho sucesoral, establece el concepto de grado en su artículo 735: 

Art. 735.- La proximidad de parentesco se gradúa por el número de generaciones; y cada generación se llama grado. 

Grado en línea recta. 

La línea recta en derecho sucesoral se refiere a que un miembro familiar desciende uno del otro. En línea recta están los hijos, padres, abuelos, bisabuelos… ya que descienden directamente el uno del otro. Se divide en recta descendiente y recta ascendiente.  

Los hijos siempre están en primer grado, los padres están en segundo grado, los abuelos se encuentran en tercer grado, y así sucesivamente.

Así lo explica el Código Civil en su artículo 736: 

Art. 736.- La serie de los grados forma la línea: se llama recta, la serie de los grados entre personas que descienden unas de otras; colateral, la serie de los grados entre personas que no descienden unas de otras, pero descienden de un padre común.  

La línea recta se divide en recta descendiente y recta ascendiente.  

La primera es la que une la cabeza con los que descienden de él; la segunda, la que une a una persona con aquellos de quienes descienden.  

Art. 737.- En la línea recta se cuentan tantos grados como generaciones hay entre las personas: así el hijo, con respecto a su padre, está en el primer grado, el nieto en el segundo, y así recíprocamente lo están el padre y el abuelo, respecto a sus hijos y nietos.  

Grado en línea colateral. 

La línea colateral en derecho sucesoral se refiere a que los miembros familiares tienen un autor en común. En línea colateral están los hermanos, los primos, los tíos, los tíos abuelos… puesto que aunque no descienden directamente el uno del otro, estos poseen un familiar en común que los une.  

Así lo explica el Código Civil en su artículo 736: 

Art. 736.- La serie de los grados forma la línea: se llama recta, la serie de los grados entre personas que descienden unas de otras; colateral, la serie de los grados entre personas que no descienden unas de otras, pero descienden de un padre común 

Art. 738.- En la línea colateral, se cuentan los grados por las generaciones que hay desde el uno de los parientes hasta el padre común exclusive, y desde éste al otro pariente.  

Así es que de dos hermanos están en el segundo grado; el tío y el sobrino en el tercero; los primos hermanos en el cuarto, y así de los demás. 

Diferencias entre línea recta y línea colateral: cuadro comparativo.

CaracterísticaLínea RectaLínea Colateral
ConceptoSe refiere a la serie de grados entre personas que descienden directamente unas de otras.Se refiere a la serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero descienden de un padre común.
Relación de ParentescoEs una relación de parentesco directa, donde un miembro familiar desciende del otro. Se divide en recta descendiente (de la cabeza a los que descienden) y recta ascendiente (de una persona a sus ascendientes).Es una relación de parentesco indirecta, donde los miembros familiares tienen un autor en común.
Miembros de la FamiliaIncluye a hijos, padres, abuelos, bisabuelos, nietos, etc., ya que descienden directamente el uno del otro.Incluye a hermanos, primos, tíos, tíos abuelos, etc., ya que no descienden el uno del otro, pero comparten un ancestro.
Forma de contar los gradosSe cuentan tantos grados como generaciones hay entre las personas.Se cuentan los grados por las generaciones que hay desde uno de los parientes hasta el padre común (exclusivo), y desde este al otro pariente.

Línea recta es uno del otro, desciende uno del otro. 

Los colaterales tienen un autor común. 

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Breve examen.

Este es un breve cuestionario para comprobar si conoces las respuestas correctas basadas en este artículo.

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Gracias por tu respuesta. ✨

1. Según el artículo 735 del Código Civil, ¿qué representa el ‘grado’ en derecho sucesoral? (obligatorio)

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2. De acuerdo con el texto, ¿qué tipo de parentesco se define por personas que descienden unas de otras?(obligatorio)

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3. Según el artículo 736 del Código Civil, ¿qué es la ‘línea colateral’?(obligatorio)

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4. ¿En qué grado se encuentra un hijo con respecto a su padre en la línea recta?(obligatorio)

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Gracias por tu respuesta. ✨

5. Según el texto, ¿en qué grado se encuentran los primos hermanos?(obligatorio)

Luego de responder todas las preguntas, haz clic para ver las respuestas correctas. Escribe en los comentarios cuántas tuviste correctas y dinos qué te pareció.

Pregunta número 1: A. La distancia en generaciones entre un miembro familiar y otro.

Pregunta número 2: A. Línea recta.

Pregunta número 3: D. Una serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero descienden de un padre común.

Pregunta número 4: D. Una serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero descienden de un padre común.

Pregunta número 5: A. Cuarto grado.

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